viernes, 26 de enero de 2018

PREVENCIÓN DELINCUENCIAL


                        Tengo el convencimiento de que la inmensa mayoría de los ciudadanos españoles honrados, que son casi todos, están hasta las narices de la inseguridad ciudadana causada por delincuentes de todo tipo, que delinquen reiterada y descaradamente, sin que el Estado de Derecho les ampare con medidas preventivas contundentes contra ellos para garantizarles la necesaria seguridad individual y colectiva a que tienen derecho en una sociedad democrática civilizada. Sucesos trágicos recientes como, entre otros muchos, el asesinato de Diana Quer, el homicidio de una pareja de ancianos a manos de tres menores de edad, el acoso reiterado y violento por razones xenófobas o sexistas, así como otro tipo de conductas delincuenciales en el ámbito económico y político, que peligrosamente atentan contra la buena salud de nuestra convivencia en paz y libertad democrática, como la corrupción económica o el desafío reiterado y peligroso al Estado de Derecho, evidencian las carencias flagrantes de tipo legislativo en materia de prevención delincuencial que, curiosamente, tanto echamos de menos a toro pasado cuando ya es inevitable remediar las trágicas consecuencias por haberse producido los previsibles delitos a manos de personajes con un historial delictivo que, a todas luces, presagiaba el fatal desenlace, pero que gozaban de plena libertad gracias a una legislación permisiva o a negligencias intolerables, dando la sensación muchas veces de que el sistema legal establecido favorece más a quienes delinquen que a quienes se comportan de forma honrada escrupulosamente. Y como las leyes están para cambiarse cuando no responden a las necesidades globales de la ciudadanía, no extraña la creciente demanda, entre otras, a favor de reformar la legislación de menores, de mantener la prisión permanente revisable o de clarificar la aplicación de prisión provisional preventiva que en la actualidad depende excesivamente del criterio discrecional del juez sobre la peligrosidad de fugarse, de destruir pruebas o de seguir cometiendo delitos que pueda tener el encausado (de ahí, por ejemplo, que algunos presuntos delincuentes por el mismo caso estén en prisión provisional y otros en libertad condicional). Ya sabemos que la seguridad ciudadana no se puede garantizar al cien por cien, pero también sabemos que, tal como está el patio, hay que hacer un mayor esfuerzo legislativo en la prevención delincuencial, pues endurecer las medidas preventivas, tanto legales como policiales, cuando hay claros indicios de presunta comisión de graves o muy graves delitos, no supone para nada menoscabar los derechos individuales de sus presuntos autores, sino más bien alejar el peligro de que sean menoscabados derechos fundamentales de las posibles víctimas como el derecho a la vida, a la igualdad, a la no discriminación, a la integridad física, entre otros por el estilo. Obviamente, sólo los delincuentes o presuntos delincuentes, han de.... (sigue leyendo en

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