domingo, 29 de abril de 2018

INDIGNACIÓN GENERALIZADA

                            La sentencia sobre “La Manada” desata una lógica indignación generalizada (según NCReport, el 87´9% de los encuestados la cree “injusta”), frustrando ampliamente las expectativas sociales al respecto, lo que se manifiesta con centenas de manifestaciones multitudinarias a lo largo y ancho de las ciudades y pueblos de España. En efecto, al margen de las razones jurídicas, que las habrá, lo cierto es que la sociedad no entiende que lo acaecido en los Sanfermines se salde por parte de los jueces con una condena de nueve años por abuso sexual al no considerar probada la violación porque requiere violencia e intimidación, cuando se esperaba que la agresión sexual era más que evidente. Y, para colmo, uno de los tres jueces, emite un voto particular, proponiendo la absolución con el argumento de que en el video se ve sexo en un “ambiente de jolgorio y regocijo” y que la víctima tenía “excitación sexual”. En definitiva, los argumentos de la sentencia para condenar a nueve años de cárcel a los cinco jóvenes sevillanos con las penas más duras por abuso, frente a los 22 años que pedía el fiscal por agresión sexual, consisten en que “no hubo intimidación” y sólo ven “una atmósfera coactiva” contra la joven violada, añadiendo que no sufrió violencia ni amenazas ya que “no hubo golpes, desgarros….fuerza eficaz”, aunque admite como hechos probados que “rodeada por cinco varones, de edades muy superiores y fuerte complexión, la denunciante sintió un intenso agobio y desasosiego, que le produjo estupor y le hizo adoptar una actitud de sometimiento y pasividad, determinándole a hacer lo que los procesados le decían que hiciera” (fin de la cita, que diría Rajoy). Sin entrar en los pormenores y las razones de la sentencia, que es recurrible obviamente y hay que acatar cuando sea firme, ni en los personales presuntos errores que pueda tener cada uno de los jueces y las pertinentes sanciones en caso de que las hubiere, lo que se pone de manifiesto es la necesidad de una reforma del vigente Código Penal Español, uno de los más garantistas del mundo, y así lo han reconocido tanto el Gobierno como los partidos políticos al anunciar que revisarán la legislación actual, mientras psicólogos y psiquiatras se unen a la ola de críticas al fallo que nos ocupa y mientras se genera una alarma ente los jueces por la “excesiva” reacción contra la sentencia, al extremo de que el Presidente del Poder Judicial (no olvidemos que en democracia existe la división de poderes) dice que las críticas políticas “comprometen gravemente” el sistema y “dañan a la Justicia”, en tanto que Fiscalía recurre el fallo. Y es que seguramente no se puede sostener el amplio margen de interpretación por parte de los jueces ante determinados presuntos delitos y las circunstancias que les rodean, como el concepto de violencia, difusamente definidas penalmente. Nada tiene que ver la sociedad actual con la de la primera sentencia firme del Supremo en 1979 en un caso de violación grupal desde que se cambió el Código Penal en el 73, imponiendo una condena de seis años y 5.000 pesetas tras probar que..... (sigue leyendo en Blog Mi punto de vista, http://jorgecremades.blogspot.com.es/)

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